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viernes, junio 13, 2008

DE ÚLTIMA HORA EN LIBERTAD DE PALABRA

Tribunal avala laudo a favor de MONITOR



Nota tomada de Diario Monitor

  • Sentencian a Grupo Radio Centro, de la familia Aguirre, pagar más de 21 millones de dólares.



  • El Poder Judicial de la federación vigilará el cumplimiento a cabalidad de la resolución.
David Saúl Vela


SENTENCIA FIRME. A la izquierda, Francisco Aguirre Gómez, presidente del Frupo Radio Centro y a la derecha, Carlos Aguirre Gómez, director de GRC.

Dicha sentencia es definitiva, por lo que Grupo Radio Centro, encabezado por Francisco Aguirre, ya no podrá eludir la responsabilidad del pago por adeudos de servicios prestados por Gutiérrez Vivó, por medio de Infored.
Tras conocerse el fallo emitido por el décimo tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, su presidente, el magistrado Gustavo Rafael Parrao Rodríguez, aseguró que el caso es ya “cosa juzgada”.
Asimismo, hizo saber que el Poder Judicial de la federación vigilará, a petición de las partes, el cumplimiento a cabalidad de la sentencia que en el punto sustancial, dado a conocer ayer, refiere:
“Se confirma la resolución sujeta a revisión y se concede amparo a José Gutiérrez Vivó e Infored SA de CV. Se niega amparo a Grupo Radio Centro SA de CV, actualmente Grupo Radio Centro SA Bursátil y se declara sin materia la revisión adhesiva”, explica el resolutivo dado a conocer ayer.
Este fallo se da luego de más de ocho años en que Grupo Radio Centro incumplió un contrato e incurrió de manera sistemática en ilegalidades como sacar del aire, el 3 de marzo de 2004, la emisión de Monitor que se trasmitía por las frecuencias 88.1 de FM y 1110 de AM.
Y es que ese día, la Corte Internacional de Arbitrajes de la Cámara Internacional de Comercio, con sede en París, Francia, dio a conocer la sentencia al laudo arbitral que, de mutuo acuerdo y aceptando las reglas impuestas, iniciaron José Gutiérrez Vivó y Grupo Radio Centro.
En éste, se le dio la razón a Gutiérrez Vivó y se condenó a Grupo Radio Centro al pago de 21 millones de dólares, más intereses y gastos procesales.
La Corte Internacional de Arbitrajes de la Cámara Internacional de Comercio es reconocida y utilizada mundialmente por las grandes empresas para dirimir controversias económicas. Sin embargo, Francisco Aguirre se negó al pago, aduciendo que la composición del tribunal arbitral no se ajustó al acuerdo celebrado entre las partes, además de que no se tomaron en cuenta las leyes mexicanas.
Al recurrir a las autoridades judiciales mexicanas, la familia Aguirre no sólo rompió su palabra entregada, sino que inició una serie de acciones ante los tribunales para evitar el millonario adeudo.
Primero interpuso un amparo indirecto contra la sentencia del 10 de noviembre de 2004, del juez sexagésimo tercero de lo Civil del Distrito Federal, que declaró la nulidad del laudo impugnado, además condenó a Grupo Radio Centro al pago del gasto procesal.
Tanto Grupo Radio Centro como Gutiérrez Vivó promovieron juicio de amparo ante el juez sexto de Distrito en Materia Civil, el cual resolvió, el 12 de mayo de 2005, darle la razón a este último.
Con ello, la sentencia del juez 63 quedó sin fundamento y se le ordenó que emitiera otra, además de negar el amparo a Grupo Radio Centro en su petición de anular el citado laudo.
Tras una serie de amparos promovidos por las partes, el caso llegó al décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. Empero Gutiérrez Vivó solicitó la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que ésta fuera quien determinara en definitiva.
En marzo de 2006, la Primera Sala de la SCJN determinó no atraer el caso. “En esa resolución hubo una violación de parte de la ministra Olga Sánchez Cordero, aduciendo su amistad con la familia Aguirre”.
Los ministros consideraron que la decisión arbitral ni siquiera alcanzó ‘’el rango de sentencia”, porque antes de que el juez 63 emitiera su decisión para homologar el laudo, Grupo Radio Centro demandó la nulidad.
Entonces, José Gutiérrez Vivó pidió de nuevo a la Corte, por medio de su abogado, el licenciado Javier Quijano, que la Corte retomara el caso, lo que sucedió en septiembre de ese mismo año, y determinó que los laudos arbitrales de instancias internacionales no pueden ser impugnados vía amparo ante la justicia mexicana.
En todo caso, dijeron, la resolución de los jueces mexicanos habrá de determinar si una decisión arbitral ‘’debe o no ejecutarse”, es decir, que Grupo Radio Centro cometió fraude a la ley.
Por ello, el pleno de ministros determinó, el 30 de enero de 2007, darle la razón a Gutiérrez Vivó y regresó el expediente al Décimo Tercer Tribunal Colegiado haciéndole saber la falta de fundamento de su resolución en la que había dado la razón a Grupo Radio Centro.
Además, obligó a la revisión en cuestiones de legalidad relacionadas con la validez del laudo arbitral, mismas que fueron determinadas ayer, por dos votos contra uno, en favor de Gutiérrez Vivó.
En la resolución no participó el magistrado Arturo Ramírez Sánchez, luego de que Gutiérrez Vivó y sus abogados solicitaron su separación por sospechas fundadas de su actuación parcial. En su lugar quedó erigida como magistrada por ministerio de Ley, Gabriela Elena Ortiz González, cuyo voto fue minoría.
“Con ello se confirma la validez plena y total del laudo arbitral, después de cuatro años que se negaban a pagar. Los tribunales del Estado condenan a Grupo Radio Centro a pagar más de 21 millones de dólares a José Gutiérrez Vivó”.
“La verdad y el derecho le asiste a José Gutiérrez Vivó desde hace nueve años y hoy así lo dijo un Tribunal Internacional y lo conf rma el Poder Judicial mexicano”, dijo el abogado Enrique Martínez.
Nueve años de violaciones de Grupo Radio Centro contra José Gutiérrez Vivó
Relatamos las etapas de la larga lucha judicial originada por la gran cantidad de violaciones y fraudes cometidos por Grupo Radio Centro contra José Gutiérrez Vivó desde 1999
GANA INFORED-MONITOR LAUDO INTERNACIONAL

30 de enero de 2004. La Cámara de Comercio Internacional con sede en París, Francia, falló en favor de José Gutiérrez Vivó y ordena a Grupo Radio Centro pagar más de 21 millones de dólares.
RETIRO DE LAS FRECUENCIAS

3 de marzo de 2004. Grupo Radio Centro saca del aire la emisión de MONITOR que se transmitía por sus frecuencias 88.1 de FM y 1110 de AM.
FALLO DEL JUEZ 63 DE LO CIVIL

10 de noviembre de 2004. El juez sexagésimo tercero de lo Civil del Distrito Federal declara la nulidad del laudo impugnado por la familia Aguirre, además condenó a Grupo Radio Centro al pago del gasto procesal. La familia Aguirre interpuso un amparo indirecto al fallo.
PROMUEVEN JUICIO DE AMPARO

12 de mayo de 2005. El juez sexto de Distrito en Materia Civil resolvió darle la razón a José Gutiérrez Vivó, en el Juicio de Amparo promovido también por Grupo Radio Centro.
LA SUPREMA CORTE

Marzo de 2006. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no atraer el caso. “En esa resolución hubo una dudosa inf uencia de parte de la ministra Olga Sánchez”, aseguró Enrique Martínez, abogado de Gutiérrez Vivó.
REGRESA CASO A LA SCJN

Septiembre de 2006. El caso llega nuevamente a la SCJN, quien determinó que los laudos arbitrales de instancias internacionales no pueden ser impugnados vía amparo ante la justicia mexicana, es decir, que Grupo Radio Centro cometió fraude a la Ley.
OBLIGAN A REVISIÓN

30 de enero de 2007. El pleno de ministros de la SCJN dio la razón a José Gutiérrez Vivó; regresó el expediente al Décimo Tercer Tribunal Colegiado haciéndole saber la falta de fundamento de su resolución en la que había dado la razón a Grupo Radio Centro, y obligó a la revisión en cuestiones de legalidad relacionadas con la validez del laudo arbitral.
A la fecha, Grupo Radio Centro interpuso diversos impedimentos por los cuales fue incluso multado con 180 días de salario mínimo por fraude a la Ley.
LA RAZÓN DE QUIEN LA TIENE

11 junio de 2008. Sentencia definitiva a favor de José Gutiérrez Vivó y GRUPO MONITOR.

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