SE REANUDA LA LIGAMX LEÓN VS MAZATLÁN

viernes, mayo 28, 2010

LVI LEGISLATURA / DALIA GARRIDO RUBIO

PRI a favor de IAP'S: diputada Dalia Garrido
Por Abel de la Garza
Viernes 28 de Mayo/2010
La diputada del PRI, Dalia Garrido Rubio, quien presiden la Mesa Directiva de la LVI Legislatura, aclaró que nunca fue pretensión de los priístas dejar de apoyar las causas de las Instituciones de Asistencia Privada (IAP's), al no votar a favor de exentarle del pago del servicio de agua potable.
La legisladora explicó que de acuerdo a la Ley, es imposible eximir de este pago a cualquier persona física o moral que no sea una institución gubernamental, y si el PRI en el Congreso hubiese apoyado esta propuesta -que de cualquier manera pasó con el apoyo de las demás fracciones parlamentarias-, estarían apoyando la ilegalidad.
"Lo que no queremos además es que se aproveche este asunto para sacar raja política o electoral, ya que podría ser el fondo del asunto", afirmó Garrido Rubio.
Detalló que ella le expuso a su compañera panista, Micaela Rubio Méndez esta irregularidad que atenta contra el Código Fiscal, por lo que los diputados podrían ser sujetos de sanciones; a la vez, le propuso también un descuento del 99 por ciento en el pago, pero no la exención total.
"Yo les estuve platicando a Micaela que no era posible, porque se estaría violando la Ley. Y le dije, a poco si tú compras un vestido y te dan un descuento del 100 por ciento, ¿no es lo mismo que te lo estén regalando o que sea gratis? Entonces, lo que queremos es que se entienda la postura, no por la vía política, sino por la vía legal".
Al momento de detallar este asunto, la diputada se encontraba de acuerdo con los diputados del PRI, Juan José Jiménez Yáñez y Fabián Pineda Morales, quienes respaldaron sus dichos; sin embargo, aclaró que esa es la postura de todo el grupo legislativo del tricolor.
Y es que el propio juan José Jiménez Yáñez detalló que "el alcance de la iniciativa que nos ocupa, trastoca el principio de estricto derecho en materia tributaria, previsto en el artículo 6 del Código Fiscal".
"En efecto, ciertamente la única posibilidad de exención de impuestos o derechos se concede al estado, la federación y los municipios, en términos del artículo 21 del Código Fiscal".
"En razón de lo anterior, la iniciativa presentada por la comisión merece atención en el sentido de que esta soberanía considere , bajo un principio de justicia social, establecer la posibilidad de un descuento parcial a las Instituciones de Asistencia Privada legalmente constituidas (...) no pasando por alto que la iniciativa propuesta por la comisión de Equidad de Género y Grupos Vulnerables carece de lógica (...) es por eso que la comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicación tuvo a bien proponer la reforma al artículo 383 del Código Urbano, a efecto de apoyar a las IAP's en los términos planteados", concluyó Jiménez Yáñez.

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