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sábado, junio 27, 2009

DE "SINCRONÍA", AGENCIA DE PUBLICIDAD E INFORMACIÓN

S01-Finanzas-04/08/08-Reportaje

Ganan las reglas de Crédito Familiar ante la Ley Mexicana

Por: Eduardo Israel Cabrera Santoyo

* Mediante presión psicológica amedrenta a deudores.* CONDUSEF y PROFECO no presentan ninguna solución inmediata.
* No tiene pagares girados por dicha empresa deben establecer el cobro de algún interés mensual.


México DF., (SINAPI).- Debido a la poca información ofrecida por los afectados y la negación para dar seguimiento. Se realizó una visita directa hecha a través de la sucursal del municipio de Tultitlán, quién nos atendió Mónica Sánchez Díaz, Gerente de CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE CV. SOFOL, Grupo Financiero Associates. Ahora CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE CV. SOFOL, E.R., Integrante Grupo Financiero Banamex.

Conforme al testimonio del licenciado en derecho Cesar del Valle Luna el presente parare es apócrifo; ya que como institución crediticia a diferencia de un trato entre dos o más personas, carece del artículo 9 de Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, Vigente con la que debe contar y regularización estas instituciones en nuestro país.

Está estipula que los pagares girados por dicha empresa deben establecer el cobro de algún interés mensual del cuatro por ciento, los cuales marcan 1.43 al 1.83 por semana.
Además dentro del pagare obliga a los suscriptos no tener libertad de expresión a hacer una queja o comentario sobre los prestamos, en contra a lo estipulado al artículo 6° y 7° de la Constitución Mexicana. En esta investigación hecha por Sincronía Agencia de Publicidad e Información se solicito vía telefónica la atención CONDUSEF para dar seguimiento al caso la única respuesta realizar un escrito para ser analizado, así se solicito una entrevista con ambas instituciones, CONDUSEF se negó a dar entrevista y dirigirme a PROFECO dependencia de la cual, recibí la misma respuesta.

El transcurso de dos años solicitamos tres prestamos de diferente cantidad cada una la primera fue por $4,000.oo a liquidar $8,985.oo la segunda por $8,000.oo a liquidar $8,985.oo en la cuál detectamos anomalías después de pagar $1,168 mensuales ocho meses no bajo era de $8,324.oo y la tercera de $2,400.oo a liquidar $11,029.oo pesos M/N ultima en la que descubrimos las promociones falsa por que en la propaganda recibida en correo, marca una cantidad $4,610.oo y es entregada otra por la mitad.
También recurrimos al retrazo de pagos para conocer la reacción de la misma, de al que recibimos amenaza de departamento jurídico amenazando que seria cobrable no sólo la deuda presente sino la anterior o anteriores; aunque estas presentan sello de cancelación de cuenta No estipuladas en los folletos, entregados por la misma institución.


Asimismo, se lleva acabo mediante intimidación y presión psicológica mejor conocido como amenazas, delito que en el Código Penal del Estado de México no se persigue de oficio, ni tampoco se castiga las visitas extrajudiciales que realiza la empresa CRÉDITO FAMILIAR en el domicilio de los deudores así como en su área de trabajo sin orden expedida por algún juez.

Ante ello ilustraron que la capitalización de los intereses solo procede en prestamos mercantiles, esto es entre los comerciantes, como indica el Art. 363 del Código de Comercio o en las operaciones a crédito celebradas con proveedores, en el existe previo acuerdo con el consumidor como entáblese el Art. 68 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que según abogados consultados al respecto “no hay fundamento legal para el cobro de intereses sobre intereses”. Por ultimo, no se encontró ninguna respuesta por parte Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) responsable de supervisar estas operaciones.
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